DOF publica decreto para que trabajadores con seguridad social puedan exigir recursos de su subcuenta de vivienda en un plazo de 10 años

  • Se reforma la Ley del Infonavit para que los trabajadores o sus beneficiarios puedan solicitar este dinero, de lo contrario, se destinarán a una reserva financiera administrada por el Instituto, señala el documento

Palacio Legislativo, 16-12-2020 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este miércoles el decreto del Legislativo Federal que reforma la Ley del Infonavit para que los trabajadores o sus beneficiarios puedan exigir dentro de un plazo de 10 años los recursos de la subcuenta de vivienda.

 

 

 

Asimismo, establece que, de no ser ejercido este derecho en el plazo establecido, el Instituto podrá utilizar dichos recursos para constituir una reserva financiera que será administrada por el propio Infonavit.

 

 

 

El documento modifica el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y entrará en vigor este jueves 17 de diciembre.

 

 

 

Estipula que los procedimientos y requisitos que deberán cumplir los trabajadores y, en su caso, sus beneficiarios para el reclamo de los recursos aportados a la reserva financiera del Instituto serán determinados por el Consejo de Administración del Instituto, mediante disposiciones de carácter general que deberán ser publicadas en el DOF y en el portal de Internet del Infonavit.

 

 

 

El trabajador y, en su caso, sus beneficiarios, subraya el decreto, podrán acceder al mecanismo de reclamación de forma permanente, y de ser procedente, el Instituto reconocerá los montos a pagar, considerando los intereses que correspondan en términos de los lineamientos.

 

 

 

Señala que la suficiencia de la reserva financiera deberá ser dictaminada de forma anual, por un tercero independiente, designado por el Consejo de Administración del Instituto.

 

 

 

Asimismo, que el Instituto tomará las medidas necesarias para atender, en todo momento, las reclamaciones que puedan presentarse por los trabajadores y sus beneficiarios.

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