Foto.- Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado del TEPJF.
- El magistrado del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, dijo que se debe implementar un sistema mixto de candidaturas que reconozca las vías para que los independientes ejerzan sus derechos a votar y ser votado
- El politólogo Lisandro Devoto indicó que los partidos políticos utilizan el poder para establecer las limitaciones que tendrán dichos candidatos para acceder a diversos cargos
CIUDAD DE MÉXICO, lunes 27 de febrero de 2017.- El magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, aseguró que se debe reformular el principio de representación proporcional a partir de la instalación de un sistema mixto de candidaturas, ajustando las finalidades que le permitan el reconocimiento de las distintas vías por las cuales se pueden ejercer los derechos a votar y ser votado de los candidatos independientes.
Al participar en la en la Mesa 2 “Candidaturas independientes y representación proporcional”, del Seminario Permanente de Análisis de la Justicia Electoral en México, realizada en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), el magistrado Rodríguez Mondragón dijo no coincidir con la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece que el órgano legislativo es el que puede decidir libremente si se permite o se prohíbe que las candidaturas independientes participen por cargos bajo ese principio.
“Es inconstitucional excluir a las candidaturas independientes de la asignación de cargos municipales bajo el principio de representación proporcional, porque esa exclusión, en primer lugar, viola el carácter igualitario del voto, pues se restringe la eficacia del sufragio de los ciudadanos que se manifiesten a favor de una candidatura independiente”, aseveró.
En este sentido, Rodríguez Mondragón afirmó que “no se justifica que el voto que un ciudadano otorga a un candidato de partido sea eficaz, tanto en la vía de mayoría relativa, como en la de representación proporcional, y el sufragio otorgado a un candidato independiente sólo tenga efectos en una forma de elección, la de mayoría relativa”.
Durante su participación, el Magistrado de la Sala Superior destacó que la SCJN no valoró la incidencia que la regulación tiene sobre otros valores jurídicos en juego, como son el derecho de acceso al poder público en condiciones de igualdad, el carácter igualitario del voto y el mismo principio de representación proporcional.
Subrayó que para el análisis del tema se debe partir de la premisa de que la ciudadanía que ejerce su derecho a ser votada mediante una candidatura independiente puede ser, en principio y sin distinción, para todos los cargos de elección popular, salvo que haya una razón imperativa que justifique que no sea así, pero “en la fracción II del artículo 35 constitucional, se reconoce de manera amplia el derecho a ser votado y a las candidaturas independientes como medio para su ejercicio, sin que se disponga una limitación respecto a los cargos”.
Por su parte, el politólogo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Lisandro Devoto, indicó que los partidos políticos juegan un rol central en México porque conforman la legislación, modelan las leyes y la forma en cómo serán aplicadas; además de que fijan los alcances que la normatividad tendrá en los diferentes sectores de la sociedad.
“El poder de los partidos políticos es utilizado para darle forma a las limitaciones que tendrán los candidatos independientes a acceder a puestos de elección popular por la vía de la representación proporcional. Lo que hacen es que intentan limitar los derechos políticos de los candidatos independientes, lejos de reconocer que es una figura que ya está y por lo tanto ahora hay que ver cómo pueden tener acceso a esos cargos”, afirmó el especialista.
El Seminario Permanente de Análisis de la Justicia Electoral en México, organizado por diversas instituciones académicas, tiene como objetivo constituirse en un espacio para el estudio y análisis de resoluciones y criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) y se realizará bimestralmente en formato de foros de discusión y análisis.