MIGUEL ROMO PRESENTA UNA INICIATIVA PARA SALVAGUARDAR LOS DERECHOS DE LOS ASISTENTES A CONCIERTOS Y ESPECTÁCULOS

  • La propuesta fija un cobro máximo del 15% por concepto de “cargo por servicio de administración”.
  • La iniciativa también contempla la devolución íntegra del costo del boleto más el cargo por servicio de administración en caso de cancelación del evento.

CIUDAD DE MÉXICO, viernes 27 de octubre de 2017.- El vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PRI en el Senado de la República, Miguel Romo Medina, presentó una iniciativa para reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor, la cual tiene como finalidad salvaguardar los derechos de los asistentes a conciertos y espectáculos.

Durante su exposición de motivos, el legislador por Aguascalientes refirió que, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en su levantamiento elaborado en el 2013, el cual se titula: “Encuesta Nacional de Gastos en los Hogares”, en el rubro correspondiente a la “Recreación y Cultura”, se identificó un gasto por la cantidad de $ 234,383,660 por parte de los hogares mexicanos, de esta cantidad, el 32.2% correspondió a la subcategoría de “Servicios deportivos, de recreación y culturales”.

“Si bien los eventos de recreación y entretenimiento no constituyen servicios de primera necesidad, si comprenden un rubro necesario para el sano esparcimiento de los individuos, al igual que contribuyen a la consolidación y cohesión de una sociedad equilibrada en cuanto a una vida digna y plenamente desarrollada”, añadió.

Romo Medina detalló que actualmente existe una variación desproporcional entre el costo del boleto, el costo del cargo de servicio y el costo total. “La variación económica oscila entre el 18% y hasta el 23% del costo del boleto, y dicho cargo es denominado por las compañías de distribución de boletos como “cargo por servicio” y se fija de manera arbitraria. Con esta propuesta, dicho cargo se fija en un 15% y será identificado como cargo por servicio de administración”.

Asimismo, el Vicecoordinador del PRI en el Senado explicó que, si un evento es cancelado, el consumidor debe recibir de manera íntegra el reembolso del boleto, incluyendo el cargo por servicio de administración. “Debemos reconocer que la situación jurídica de los consumidores es totalmente ajena a la relación jurídica que existe entre el organizador del evento y la compañía que distribuye los boletos, pues resulta ser una relación bilateral, y en ella, el consumidor es un tercero ajeno”.

“Es necesario llevar a cabo acciones legislativas que fortalezcan la economía de la sociedad mexicana, por ello, se plantea establecer en la normatividad aplicable reglas mínimas que regulen este tipo de servicios y propicien el sano consumo de manera justa y equitativa, en lo que se refiere a las obligaciones y derechos entre proveedores y consumidores”, finalizó.

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