TERMINA EL PLAZO PARA REGISTRO DE REPRESENTANTES DE CASILLA DE PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
- Para la elección del 6 de junio el INE Aguascalientes recibió más de 31 mil solicitudes de representantes.
AGUASCALIENTES, Ags., viernes 28 mayo 2021.- Este 25 de mayo a las 18:00 horas concluyó el registro de representantes generales y ante mesas directivas de casilla.
En Aguascalientes los partidos políticos y candidatos independientes solicitaron al Instituto Nacional Electoral (INE) el registro de 31 mil 120 representantes generales y de casilla, con lo que se garantiza el acompañamiento en el desarrollo de la Jornada Electoral y el cómputo de votos, que es responsabilidad de las y los presidentes de casilla.
Representantes Generales | Representantes de Casilla | Total |
2,389 | 28,731 | 31,120 |
En el caso de los 10 partidos políticos nacionales, éstos solicitaron el registro de 2 mil 16 representantes generales y 26 mil 169 representantes de casilla. Los partidos locales registraron 361 representantes generales y 2 mil 466 representantes de casilla. Mientras que las candidaturas independientes registraron 12 representantes generales y 96 representantes de casilla
PARTIDO POLÍTICO | Representantes Generales | Representantes de Casilla |
PAN | 228 | 5,092 |
PRI | 237 | 3,754 |
PRD | 223 | 1,144 |
PVEM | 219 | 1,747 |
PT | 189 | 1,579 |
MOVIMIENTO CIUDADANO | 204 | 2,232 |
MORENA | 299 | 6,846 |
PES | 56 | 987 |
RSPPPN | 116 | 926 |
FUERZA X MÉXICO | 245 | 1,862 |
PLA | 161 | 624 |
PANAL | 200 | 1,842 |
CANDIDATURAS INDEPENDIENTES | 12 | 96 |
TOTAL | 2,389 | 28,731 |
La presencia de representantes en la totalidad de las casillas y las labores de vigilancia que desplegarán abonará a la certeza de las elecciones.
Los representantes de casilla podrán atestiguar que las actividades de la Jornada Electoral se desarrollen conforme a la ley, así como que se realice el conteo correcto de votos una vez cerradas las casillas.
También podrán participar, a partir del 9 de junio, en la apertura de los paquetes electorales durante los cómputos distritales a fin de corroborar que no existió ninguna alteración de los votos que emitieron las y los ciudadanos en las urnas.
Conforme lo establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, las y los representantes de los partidos políticos y de candidaturas independientes recibirán una copia de las actas de escrutinio y cómputo de las casillas.
Representantes de partidos no deben obstruir la labor de los funcionarios de casilla
La Ley también determina en sus artículos 260 y 261 que la actuación de las y los representantes generales y ante mesas directivas de casilla de los partidos y de candidaturas independientes estará sujeta a diversas disposiciones, entre las que destacan las siguientes:
- En ningún caso ejercerán o asumirán las funciones de las y los integrantes de las mesas directivas de casilla;
- No obstaculizarán el desarrollo normal de la votación en las casillas en las que se presenten.
Es decir, la legislación no contempla que puedan visitar a las personas que integran las mesas directivas de casilla antes de los comicios. Todos los actos que pueden constituir intimidación, presión o coacción a dichas funcionarias y funcionarios, no sólo atentan contra la eficacia de los trabajos a realizarse en el marco de las elecciones, sino que también podrían constituir delitos electorales al obstaculizar el desarrollo normal de la votación.
Del 16 de abril y hasta el 25 de mayo tanto partidos como candidaturas independientes pudieron realizar el registro de solicitudes de acreditación para representantes generales y ante mesas directivas de casilla ya sea de forma individual o agrupadas, a través de un sistema por internet.
El sistema permitió que el proceso se realizara de forma virtual y se agilizara la verificación que garantiza que quienes sean registrados estén debidamente inscritos en la Lista Nominal, no hayan sido acreditados por otro partido político o nombrados como funcionarios de Mesa Directiva de Casilla y que tampoco fueran contratados por el INE para las funciones de supervisión y capacitación electoral.
Los partidos con registro nacional tienen el derecho de acreditar a dos representantes propietarios y dos suplentes ante cada mesa directiva de casilla, mientras que los partidos locales y candidaturas independientes pueden registrar a un propietario y un suplente.
Adicionalmente pueden tener un representante general por cada 10 casillas electorales ubicadas en zonas urbanas y uno por cada cinco en lugares no urbanos, del distrito electoral uninominal.
Entre el 25 y el 27 de mayo el sistema permitirá realizar la sustitución de forma individual y a partir del 29 de mayo se podrán descargar e imprimir los nombramientos definitivos con la firma digitalizada y su correspondiente sello digital.