INE Aguascalientes

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INICIA INE DIFUSIÓN DE LA CONSULTA POPULAR EN TIEMPOS OFICIALES DE RADIO Y TELEVISIÓN 

  • A partir del 15 de julio y hasta el 1° de agosto se debe suspender todo tipo de propaganda gubernamental

AGUASCALIENTES, Ags., jueves 16 julio 2021.- A partir de este jueves 15 de julio, el Instituto Nacional Electoral (INE) iniciará a través de los tiempos oficiales en radio y televisión, la difusión de la Consulta Popular que se realizará el próximo 1° de agosto, por lo que, conforme lo establece la Constitución, a partir de hoy debe suspenderse todo tipo de propaganda gubernamental, de acuerdo con el artículo 35 de la Carta Magna.

En este lapso y hasta la conclusión de la Consulta Popular, sólo están permitidas las campañas de información de las autoridades electorales, las de servicios educativos, de salud y de protección civil.

En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

La Ley Federal de Consulta Popular, aprobada por el Congreso de la Unión, establece que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos.

Durante los próximos 15 días, el INE promoverá la difusión y discusión informada de la Consulta Popular y es la única autoridad que puede administrar los tiempos de radio y televisión; por ello, los medios de comunicación no pueden permitir que se contrate, pacte o acepte la difusión de propaganda, porque pueden incurrir en responsabilidad.

De acuerdo con la Metodología de Difusión y Promoción de la Participación Ciudadana aprobada por el Consejo General, se tendrán 377 mil 606 impactos a nivel nacional en radio y televisión durante el periodo del 15 de julio al 1° de agosto, en 3 mil 492 emisoras.

Durante los tres días naturales anteriores a la jornada del 1° de agosto y hasta el cierre oficial de las Mesas Receptoras de la Consulta Popular queda prohibida la publicación o difusión, total o parcial de encuestas, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias de los ciudadanos o cualquier otro acto de difusión.

Si bien la libertad de expresión tiene una garantía amplia y robusta, el uso de Internet por parte de la ciudadanía no excluye de las obligaciones que existen en materia electoral, especialmente cuando se trate de incidir en las preferencias de la Consulta Popular.

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