• En el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, la Cámara de Diputados incorporó diversas obligaciones para la Secretaría
• Las disposiciones, principalmente en materia de transparencia y eficiencia, tienen como finalidad fortalecer la política fiscal y mejorar el manejo de las finanzas públicas
PALACIO LEGISLATIVO, lunes 20 enero 2020.- El presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, el diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, se refirió a las disposiciones que deberá cumplir la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante el presente año, incorporadas por la Cámara de Diputados al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020, principalmente a través de artículos transitorios.
“Haciendo uso de sus facultades constitucionales, durante la discusión del Paquete Económico 2020, la Cámara de Diputados revisó el proyecto de Presupuesto de Egresos presentado por el Ejecutivo Federal, incorporando varias disposiciones que buscan mejorar el ejercicio y manejo de las finanzas públicas que realiza la Secretaría de Hacienda, para que los recursos públicos sean mejor aprovechados por la población mexicana”, señaló.
En ese sentido, Ramírez Cuéllar destacó que la dependencia federal deberá atender los siguientes rubros:
1. Fideicomisos Públicos. Considerando la escasa transparencia de este esquema financiero, los legisladores decidieron que será necesario llevar a cabo una profunda revisión de los recursos que están destinados a los fideicomisos públicos, conocer su objetivo y avance en las metas de cumplimiento, así como el destino de los aprovechamientos financieros. De tal forma, el artículo Décimo Octavo transitorio del PEF establece que la Secretaría de Hacienda debe emitir unos lineamientos para que las dependencias y entidades le entreguen, a más tardar el último día hábil de marzo, un informe sobre el estado que guarda cada uno de los fideicomisos a su cargo.
2. Fortalecimiento de la Infraestructura local. Tomando en cuenta la debilidad en la infraestructura municipal y estatal, en el artículo Décimo Primero transitorio se establece que las entidades federativas y municipios que cuenten con recursos federales disponibles de ejercicios fiscales anteriores y que tenían un fin específico, podrán ser destinados por la Secretaría de Hacienda a apoyar a los estados que presenten un desequilibrio financiero, para mejorar su infraestructura.
3. Programa de desarrollo estatal y municipal. Por su parte, el artículo Décimo Segundo transitorio determina que la Secretaría de Hacienda deberá remitir a la Cámara de Diputados una propuesta de medidas para impulsar la sostenibilidad de las finanzas públicas de estados y municipios, incluyendo también mejoras a la infraestructura. Cabe señalar que ese documento no sólo se refiere a aspectos presupuestales, sino que también podrá contener iniciativas de modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y otras disposiciones aplicables.
4. Reglas de Operación de Programas Sociales. Conscientes de que para implementar una política social de manera efectiva se requiere contar disposiciones claras e instrumentos que permitan conocer adecuadamente su alcance, los legisladores, impulsados en gran medida por la sociedad civil, decidieron sujetar un mayor número de programas sociales a Reglas de Operación, incorporándolos al Anexo 25 del Decreto. Además, en la fracción II del artículo 29 se establece que las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, conforme a su competencia, deberán emitir su opinión sobre las Reglas de Operación que publique el Ejecutivo Federal.
5. Combate al Cambio Climático. El Estado mexicano está obligado a implementar acciones puntuales para colaborar en el combate al cambio climático. Existen acuerdos internacionales que dictan el rumbo a seguir; diversos organismos internacionales recomiendan políticas públicas muy específicas. En México, desde hace algunos años, el Presupuesto de Egresos cuenta con un anexo transversal que incluye recursos para abordar este tema. Sin embargo, no se conoce la efectividad de cada una de las acciones llevadas a cabo con estos recursos, ni su complementariedad. De tal forma, en el artículo Décimo Cuarto transitorio se determinó que las Secretarías de Hacienda y de Medio Ambiente realizarán un análisis y revisión de la metodología utilizada para la conformación del anexo transversal referente a los recursos para la adaptación y mitigación de los efectos de cambio climático, para tener una mejor estimación de las asignaciones correspondientes de cara a 2021.
6. Acciones contra la corrupción. Es claro el compromiso de la actual Administración en la lucha contra la corrupción. En diversos ordenamientos, como la Ley de Austeridad, se han establecido fuertes disposiciones para evitar el mal uso del dinero de los mexicanos. Sin embargo, se requiere establecer sinergias presupuestales, que permitan un mejor aprovechamiento de los recursos públicos de cada dependencia en el combate a la corrupción. Por ello, se incluyó el artículo décimo noveno transitorio, que señala que la Secretaría de Hacienda y la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA) analizarán la posibilidad de incorporar un anexo transversal anticorrupción para el próximo ejercicio fiscal. La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública colaborará puntualmente con tales instancias para la determinación del plan de trabajo.
7. Transparencia en convenios con gobiernos locales. Si bien es cierto que existen avances en cuanto a la transparencia en el ejercicio de los recursos por parte del Gobierno Federal, a nivel local aún se identifican grandes áreas de oportunidad. En ese sentido, los artículos transitorios noveno y décimo contienen disposiciones que permitirán dar un mejor seguimiento al destino del presupuesto. De tal forma, las dependencias y entidades de la Federación que celebren convenios de transferencia de recursos con gobiernos locales, deberán reportarlo a la Secretaría de Hacienda. Por su parte, las entidades federativas están obligadas a proporcionar datos como el objetivo del convenio, los proyectos contemplados, su ubicación geográfica y el ejecutor específico del gasto. Toda esta información deberá ser publicada por la Secretaría de Hacienda través del portal electrónico de Transparencia Presupuestaria.
8. Flexibilidad en el ejercicio del FAIS. El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) tiene como objetivo financiar obras, acciones sociales básicas e inversiones que beneficien directamente a la población en pobreza extrema. A pesar de la existencia de lineamientos y de frecuentes cursos de capacitación, algunos gobiernos locales han manifestado dificultades al momento de adecuar proyectos para sus necesidades específicas, así como con los calendarios de ejecución. En tal sentido, el artículo Décimo Quinto transitorio señala que los recursos del FAIS 2020 también podrán ser destinados a proyectos que hayan sido aprobados en 2019, siempre y cuando los recursos hayan estado comprometidos hasta el 31 de diciembre de ese año y se ejecuten, a más tardar, durante el mes de mayo de 2020.
9. Cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Considerando que los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados en el marco de las Naciones Unidas, contemplan intervenciones gubernamentales en una gran diversidad de materias, es indispensable su armonización efectiva con las políticas públicas de cada dependencia y entidad mexicana. Así, en el artículo Décimo Séptimo transitorio se determinó que la Secretaría de Hacienda debe revisar la metodología vigente para la vinculación de los programas presupuestarios con los ODS, para en su caso, incorporar elementos que permitan una programación y presupuestación más efectiva.
10. Atención a la Primera infancia. De acuerdo con diversos estudios, la primera infancia constituye el periodo más importante para el desarrollo de la persona; los niños reciben una mayor influencia de entornos y contextos. Tomando en cuenta lo anterior, en la Cámara de Diputados se determinó, a través del artículo Vigésimo transitorio, que la Secretaría de Hacienda deberá continuar con el fortalecimiento del Anexo Transversal de niñas, niños y adolescentes, en especial de la vertiente correspondiente a Primera Infancia. En los próximos meses, los legisladores podrán considerar la conveniencia de establecer un anexo transversal específico en la materia para el siguiente ejercicio presupuestal.
El diputado Ramírez Cuéllar afirmó que, la Cámara de Diputados, en general, y la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en particular, darán puntual seguimiento al cumplimiento de todas estas obligaciones y contribuirán para su cumplimiento con la propia Secretaría de Hacienda.
“La revisión de las finanzas públicas corresponde no sólo a los poderes Legislativo y Ejecutivo. Las organizaciones de la sociedad civil y la sociedad mexicana en general requieren exigir que el presupuesto público se ejerza, tal y como lo establece la ley, bajo los parámetros de honestidad, eficiencia, austeridad y transparencia. Las disposiciones que se incluyeron en el Decreto del Presupuesto de Egresos, tienen como finalidad facilitar esa labor”, concluyó.