CÁMARA DE DIPUTADOS

Necesario, proteger a niñas y niños ante prácticas agrícolas con agrotóxicos: María Eugenia Hernández

• La diputada de Morena indica que este lunes se realizó la segunda sesión del Seminario virtual “Implicaciones Éticas de la Innovación Tecnológica y de la Actividad Científica”, en el que se abordó el tema “El principio precautorio, los derechos humanos y las prácticas agrícolas libres de agrotóxicos”

• Coincide con expertos en que el principio precautorio apoyaría a evitar el daño ecológico, a los suelos del país y la afectación a los derechos humanos de los mexicanos

Palacio Legislativo, 22-08-2022 (Notilegis).- La diputada María Eugenia Hernández Pérez (Morena), coordinadora temática de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de su bancada, consideró necesario proteger a las niñas y niños, quienes son la población más vulnerable frente al uso de químicos dañinos en las prácticas agrícolas con agrotóxicos.

Lo anterior, durante la segunda sesión del Seminario virtual “Implicaciones Éticas de la Innovación Tecnológica y de la Actividad Científica”, organizado por dicha coordinación en conjunto con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), que se llevó a cabo este lunes, en el que se abordó el tema “El principio precautorio, los derechos humanos y las prácticas agrícolas libres de agrotóxicos”.

La diputada coincidió con los expertos en que elementos como el principio precautorio apoyaría a evitar el daño ecológico, a los suelos del país y la afectación a los derechos humanos de los mexicanos.

“Sin duda, las y los legisladores tenemos tareas pendientes para asegurar un ambiente sano para los niños y niñas que se encuentran en especial riesgo frente a los daños ambientales y que a menudo son incapaces de defender sus propios derechos”, afirmó.

Refirió que el 2018 la Organización de las Nacionales Unidas (ONU), publicó el informe del relator especial sobre la cuestión de derechos humanos, relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgo, limpio, saludable, con énfasis en los derechos de los niños y la protección del medio ambiente.

“En dicho informe se señala que los efectos de los daños ambientales afectan el disfrute pleno de los derechos humanos de las niñas y niños, sin embargo, la Unicef (United Nations International Children’s Emergency Fund) ha exigido a los gobiernos estados realizar gestiones integrales para eliminar las sustancias peligrosas del medio ambiente”, añadió.

Explicó que el uso de químicos en la agricultura provoca diversos problemas de salud, entre ellos discapacidad, mortalidad prematura y daños ambientales, pero la población de menores de cinco años es la más vulnerable y afectada.

Puntualizó que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), “de los 5.9 millones de muertes de niños menores de cinco años en el 2015, más de 1.5 millones pudieron evitarse reduciendo los riesgos ambientales. Además, la cuarta parte de morbilidad se atribuye a exposiciones ambientales de los menores a los contaminantes”.

Finalmente, resaltó que dicho encuentro es un esfuerzo entre legisladores, científicos y especialistas para revisar las oportunidades de acción que pueden promoverse para coadyuvar en avanzar por los derechos a un ambiente sano, en especial para proteger a las niñas y niños.

Por su parte, la diputada Araceli Celestino Rosas (PT) recordó que en 1992 el principio o enfoque precautorio fue establecido por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en la Declaración de Río, la cual establece que cuando “haya peligro de daño o irreversible la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

Por lo anterior, dijo que el uso del agroquímico glifosato, el cual es un herbicida que genera afectaciones en especies nativas como el maíz, las abejas, el suelo y microorganismo, así como en el agua, es causante de diferentes tipos de cáncer como el de vejiga, próstata, leucemia y Linfoma no Nodgkin.

Comentó que uno de los argumentos de quienes elaboran dicho producto es que no existe la evidencia científica suficiente que permita concluir que causa daño en los seres humanos y en el medio ambiente, sin embargo, argumentó que en el principio precautorio se señala que, aunque no se tenga dicha certeza, se tienen que emprender acciones para contrarrestar la problemática que vaya generando.

“De ahí radica la importancia de este seminario para que los excelentes ponentes nos detallen con mayor precisión el uso de este principio precautorio, darán ejemplos de cómo agrede este agroquímico y temas muy relevantes”, expresó la también secretaria de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Armando Hernández Cruz, director general de la Sexta Visitaduría de la CNDH, expuso que el principio precautorio está dirigido principalmente al desarrollo sostenible; sin embargo, dijo, tiene una vinculación y enfoque en el ámbito de los derechos humanos, a fin de poder exigir a las autoridades nacionales la construcción de políticas públicas para prohibir el uso de los agrotóxicos para mejorar las condiciones ambientales, la vida y salud de las personas.

“La obligación de los estados y del Estado mexicano tienen que ver con la construcción de políticas públicas con enfoque social, de derechos humanos, desarrollo sostenible y medio ambiente para tomar las mejores decisiones y diseñar la manera en que se pueda satisfacer el derecho humano a la alimentación sin que se afecte la salud, la vida y el medioambiente”, comentó.

Hernández Cruz comentó que la Sexta Visitaduría de la CNDH ha procurado evitar violaciones a derechos humanos ambientales y han sido en materia de distintas recomendaciones emitidas hacia las autoridades encargadas de garantizar el derecho al medio ambiente sano, y que permita el desarrollo sustentable de los mexicanos.

Por su parte, Alejandro Rosillo Martínez, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, explicó que el principio precautorio y de derechos humanos en el caso del uso del glifosato, es una forma de protección de dichas obligaciones ligado con el decreto sobre las restricciones de comercialización, importación y uso del glifosato, del 31 de diciembre de 2020, ya que dicho principio se vuelve una garantía de derechos humanos que tiene que ver con el andamiaje que ha sido creado a partir de la reforma constitucional del artículo primero.

Por lo anterior, comentó que el principio de precaución significa una herramienta del Estado para controlar, detener esos poderes innominados que tienen consecuencias graves en los derechos humanos de las personas y busca proteger diversos derechos con base al principio de interdependencia como la vida digna; a la alimentación suficiente, de calidad, accesible, inocua, nutritiva y culturalmente adecuada; al acceso, disposición y saneamiento de agua potable suficiente; a la salud; a la libertad reproductiva y derechos culturales, por mencionar algunos.

“Este decreto en comento cumple con las características de que es idónea, necesaria y proporcional; prohibición y eliminación gradual; valoración de alternativas; métodos de toma de decisiones y seguimiento y control, investigación y difusión de información de manera continua para la protección de los derechos humanos”, concluyó.

A su vez, Manuel Ángel Gómez Cruz, investigador del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias para el Desarrollo Rural Integral, Universidad Autónoma de Chapingo, comentó que como una alternativa se ha realizado la producción de naranja orgánica sin agrotóxicos como el glifosato, el cual se tiene que seguir prohibiendo en los cultivos de alimentos para evitar las afectaciones del medio ambiente.

Por lo anterior, dijo que la producción orgánica no implica sacrificar el rendimiento, sino que, por el contrario, se puede producir a gran escala sin agrotóxicos, lo cual contribuye a alcanzar la autosuficiencia alimentaria con productos sanos, nutritivos, suficientes, de calidad, culturalmente adecuados y libre de sustancias tóxicas.

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