Impulsa Lorena Piñón iniciativa para tipificar como delito la apología de la pederastia, con una sanción de hasta ocho y medio años de prisión
• La diputada del PRI propone adicionar los artículos 208 Bis y 208 Ter al Código Penal Federal
PALACIO LEGISLATIVO, viernes 21 abril 2023. (Notilegis).- La diputada Lorena Piñón Rivera (PRI) informó que impulsa una iniciativa de reforma al Código Penal Federal para tipificar como delito la apología de la pederastia, con una sanción de hasta ocho y medio años de prisión.
En conferencia de prensa, la legisladora señaló que en dicho ordenamiento legal ya se contempla el delito de pederastia en el artículo 209 Bis, pero se excluye la situación especial de lo que puede plantearse como apología de este delito.
“La apología del delito de la pederastia es grave, porque cuando una persona expresa la intención de abuso puede ser escuchado, leído o seguido en este caso por una audiencia amplia en redes sociales, con lo que se materializa la grave afectación a la esfera jurídica, no sólo de los menores que aluden, sino a los niños y niñas en general”, manifestó.
“Esta iniciativa se presenta para que no existan más casos aberrantes como el del ‘influencer’ regiomontano Adrián “N”, que difundió mensajes en redes sociales en donde hizo una apología a la violencia infantil y pederastia. En estas publicaciones se realizó una exposición de menores de edad y mencionó con claridad que planeaba agredirlo sexualmente”, abundó.
La legisladora explicó que su iniciativa propone adicionar el artículo 208 Bis al Código Penal Federal, parta establecer que: “comete el delito de apología de la pederastia quien de forma oral o escrita y a través de cualquier medio, ya sea de manera directa o indirecta, promueva, justifique, esculpe, normalice, naturalice o reivindique a la pederastia”.
Puntualizó que la persona infractora será castigada con pena de tres años a seis años de prisión, y de 500 a 600 días de multa.
Asimismo, dijo, se adiciona el precepto 208 Ter, para indicar que “se considera como agravantes para aplicar el delito de apología de la pederastia, si la conducta señalada por el artículo anterior lo cometiera sujeto activo utilizando su calidad familiar, académico o cualquier superior jerárquico, aprovechando su capacidad de mando, será castigado con pena de hasta cuatro a 8 años y medio de prisión, y de 550 a 650 días de multa”.
Piñón Rivera estuvo acompañada de las diputadas Ana Lilia Herrera Anzaldo, presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia; Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, secretaria de la Mesa Directiva, y Johana Montcerrat Hernández Pérez, todas del PRI.