CÁMARA DE DIPUTADOS

Proponen que el INAH realice inventarios físicos nacionales y extranjeros de los bienes arqueológicos

 

• El objetivo es contrarrestar los delitos de robo, saqueo y tráfico, señala el diputado Atanacio Luna (PT) en una iniciativa

 

CIUDAD DE MÉXICO, lunes 10 octubre 2022.- El diputado Raymundo Atanacio Luna, del PT, propuso una iniciativa, cuyo objetivo es facultar al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) para llevar a cabo, al cierre de cada ejercicio fiscal, inventarios físicos nacionales y extranjeros de los bienes arqueológicos, históricos y paleontológicos propiedad de la nación.

 

Estos inventarios, que se realizarán en coordinación con las 32 entidades federativas y la Secretaría de Relaciones Exteriores, deberán contener información general según la clasificación del bien, el lugar en el que se encuentren situados, así como el estado que guardan.

 

La iniciativa, que adiciona una fracción XXII al artículo 2 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, turnada a la Comisión de Cultura y Cinematografía, menciona que en los últimos años el INAH tuvo conocimiento de más de un centenar de subastas y venta de bienes arqueológicos que fueron sustraídos ilegalmente de México.

 

Dichas piezas, que son parte del patrimonio histórico de nuestro país, se encuentran denunciadas en su totalidad ante la Fiscalía General de la República, y desde 2018 comenzó la misión de rescate de distintos bienes arqueológicos e históricos que pertenecen a la nación, pero que están en el extranjero, agrega.

 

Considera que es imprescindible llevar a cabo periódicamente la práctica de inventarios físicos, nacionales y extranjeros de los bienes muebles e inmuebles arqueológicos, históricos y paleontológicos propiedad de la nación, con el objetivo de contrarrestar los delitos de robo, saqueo y tráfico.

 

Destaca que México cuenta con infinidad de bienes muebles e inmuebles por destino, los cuales forman parte importante de nuestro patrimonio cultural, de conformidad con la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

 

Estos bienes, explica, son monumentos que están clasificados como arqueológicos e históricos, además de los paleontológicos, muchos de ellos albergados en zonas arqueológicas o en recintos de carácter religioso, como templos, monasterios, conventos, capillas, arzobispados, casas culturales, seminarios, o bien en museos, archivos y bibliotecas.

 

Se trata, en suma, de bienes culturales de la nación, cuya protección se lleva a cabo a través de los Institutos Nacionales de Antropología e Historia y de Bellas Artes y Literatura, así como de la Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural, dependientes del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, puntualiza.

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