Aprueba la comisión / POLÍTICA PERMANENTE QUE EL CDE DEL PRI EMITA LAS CONVOCATORIAS

·         PARA LAS CANDIDATURAS DE ALCALDÍAS Y DIPUTACIONES LOCALES PARA EL PROCESO ELECTORAL 2020-2021

 

AGUASCALIENTES, Ags., jueves 31 diciembre 2020.- En el PRI damos un paso más para construir el triunfo en unidad en el proceso electoral 2020-2021, aseguró el delegado del CEN del PRI, Luis Antonio Muñoz Mosqueda, el encabezar junto con la dirigencia del CDE del PRI en Aguascalientes, presidente Herminio Ventura Rodríguez y Secretaria General, Leslie Atilano Tapia, la Diputada Federal, Norma Guel Saldívar, además de representantes de Sectores y Organizaciones, la tercera sesión extraordinaria de la Comisión Política Permanente del Consejo Político Estatal.

 

Vía plataformas digitales y de manera presencial se aprobó por mayoría del Consejo que el Comité Directivo Estatal, emita las Convocatorias para la Selección y Postulación de las Candidaturas a las Diputaciones Locales y Presidencias Municipales, por el principio de mayoría relativa, mediante el procedimiento de Comisión para la Postulación de Candidaturas, para el proceso electoral 2020-2021.

 

  1. Que el artículo 132 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes señala que los procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección popular son el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y los precandidatos a dichos cargos, de conformidad con las disposiciones legales y las que aprueben los órganos de dirección de cada partido;

 

  1. Que el artículo 194 de nuestros Estatutos, establece que el proceso interno para seleccionar y postular candidatas y candidatos a puestos de elección popular deberá regirse por las disposiciones estatutarias y del reglamento respectivo;

 

  1. Que el pasado 12 de noviembre de 2020, esta Comisión Política Permanente aprobó que para la selección y postulación de las candidaturas a las presidencias municipales y diputaciones locales propietarios por el principio de mayoría relativa, se utilizara el procedimiento estatutario de Comisión para la Postulación de Candidaturas en los once municipios y dieciocho distritos locales uninominales;

 

  1. Que el artículo 211, de los ya señalados Estatutos determina que las convocatorias para postular candidatos y candidatas a diputaciones locales y presidencias municipales se expedirán por el Comité Directivo Estatal, previa aprobación del Consejo Político de la entidad y del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional; y

 

5.- Que el artículo 47, tercer párrafo, del Reglamento para Elección de Dirigentes y Postulación de Candidaturas ordena que los Consejos Políticos de las entidades federativas aprobarán que el Comité Directivo correspondiente emita las convocatorias para la postulación de candidaturas a las diputaciones locales y los ayuntamientos.

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