SENADO

  • El Pleno aprobó el dictamen por unanimidad y lo remitió a la Cámara de Diputados

 

CUIDAD DE MÉXICO, jueves 10 noviembre  2022.- La Cámara de Senadores aprobó, con 76 votos, una reforma al artículo 348 de la Ley General de Salud, para normar las situaciones mediante las cuales se puede autorizar la inhumación de los cadáveres.

 

La propuesta busca que las personas puedan definir la disposición del cadávCIUDAer de su familiar con pleno conocimiento de las implicaciones de los procesos, no únicamente a partir de que ellos lo soliciten, sino como parte del esquema del servicio.

 

En este sentido, se incorpora la posibilidad de que los cadáveres, ya sea por inhumación, cremación, embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro proceso, sea químico o biológico, se pueda realizar después del consentimiento informado de la cónyuge o el cónyuge, concubinario, concubina, ascendientes, descendientes o de las hermanas o los hermanos.

 

Para ello, se establece que se debe garantizar en todo momento la protección ante riesgo epidemiológico de la población.

 

Con esta reforma, se refuerza el marco legal y se generan efectos vinculantes que propicien el cumplimiento de la NOM036SCFI2016 relativa a prácticas comerciales, requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios.

 

Al presentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Salud, la senadora Patricia Mercado Castro señaló que la propuesta equilibra los deseos de las y los deudos con el cumplimiento de las normativas sanitarias, de tal forma que en la conservación del cadáver se prevengan efectos negativos a la salud.

 

Precisó que se incorpora el consentimiento informado como mecanismo para la transparencia y el derecho a la información, a fin de considerar el contexto y la libertad de conciencia, para definir la disposición del cadáver, con pleno conocimiento de las implicaciones de los procesos como parte del esquema del servicio.

 

Así, aseguró, se protegen derechos de consumidores, derechohabientes y familiares, para evitar daño innecesario a la salud emocional en caso de existir divergencia en el servicio.

 

La senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, subrayó que se trata de un dictamen que privilegia la libertad de creencias y la empatía con el proceso de duelo de las personas ante la muerte de un ser querido.

 

Con su aprobación, destacó, se avanza en la posibilidad de que todas las personas puedan despedirse de sus seres queridos fallecidos, de acuerdo con el marco de sus creencias y de su fe o tradiciones, por lo que es justo y es humano que el límite de 48 horas del marco jurídico se extienda, siempre que no represente peligro en materia de salubridad o atente contra los derechos de otras personas.

 

Una vez aprobado, el dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

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