CÁMARA DE DIPUTADOS

Trascendental que en la Constitución se establezca el derecho de las personas a una vivienda adecuada: PT

* Impulsa la diputada Lilia Aguilar iniciativa para establecer el derecho de las personas a una vivienda adecuada

* Todo ciudadano debe tener la garantía de acceder a una vivienda apropiada, conforme las particularidades de cada uno de los hogares mexicanos, asevera la presidenta de la Comisión de Vivienda

PALACIO LEGISLATIVO, martes 8 febrero 2022. (Notilegis).- La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) impulsa una iniciativa que reforma el artículo 4° de la Constitución, con el fin de establecer el derecho de las personas a una vivienda adecuada.

En un comunicado, indicó que es crucial que esta garantía se refleje en la Carta Magna y se contemplen entornos apropiados para vivir y se mejoren las condiciones de vida de la población.

La también presidenta de la Comisión de Vivienda sostuvo que con esta modificación se podrá estar en condiciones de garantizar a la gente este fundamental derecho, conforme a las particularidades de cada uno de los hogares mexicanos, para ello se deben establecer los instrumentos y apoyos necesarios con tal de alcanzar dicho objetivo.

Aguilar Gil detalló que con la iniciativa presentada se pretende incorporar el término de “vivienda adecuada” en sustitución de “digna y decorosa”, ya que la evolución de los derechos humanos se debe manifestar claramente en el texto constitucional de nuestro país.

Asimismo, recalcó que los elementos a considerar para este tipo de inmuebles tienen que ver con seguridad y tenencia con protección jurídica, disponibilidad de servicios básicos como agua, electricidad, gas e infraestructura, asequibilidad para no poner en riesgo otro tipo de gastos, habitabilidad y seguridad física de los habitantes, accesibilidad para sectores desfavorecidos y buena ubicación.

Finalmente, hizo un llamado a atender esta reforma toda vez que de acuerdo con datos de la Organización de las Naciones Unidas 38.4 por ciento de la población de México habita en una vivienda no adecuada, es decir, en condiciones de hacinamiento, hecha sin materiales duraderos o que carece de servicios mejorados de agua y saneamiento.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *