SENADO

Comisión de Seguridad Pública avala Informe de actividades de la Guardia Nacional del 2020

  • Senadores solicitarán un apartado de las actividades que realiza esta institución a nivel nacional en materia de seguridad pública.  

 

CIUDAD DE MÉXICO, domingo 12 diciembre 2021.- La Comisión de Seguridad Pública, que preside la senadora Lucía Trasviña Waldenrath, aprobó el dictamen con el que se avala el Informe presentado por el Ejecutivo Federal sobre las actividades desarrolladas por la Guardia Nacional durante el 2020.

 

Sin embargo, a petición del senador del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, quien votó en abstención, se solicitará a la Guardia Nacional que entregue un apartado respecto a las actividades que realiza en materia de seguridad pública en el territorio nacional, ya que es un mandato constitucional que no se ve reflejado en el contenido del reporte, por lo que, al aprobar este documento en esos términos, “cometeríamos una omisión.”

 

Por su parte, la senadora de Morena, Verónica Camino Farjat, respaldó la aprobación del dictamen, pero propuso que antes de que el Informe se someta a consideración del Pleno del Senado para su eventual aprobación, se le solicite al Ejecutivo Federal complementarlo.

 

Por su parte, la senadora del PRI, Claudia Edith Anaya Mota, quien votó en contra, aseguró que “el Informe no cumple con los transitorios constitucionales que le dan vida a la Guardia Nacional. No es crítica al trabajo de la Comisión, es una inconformidad respecto del informe que nos envía la Guardia Nacional, no tenemos información de lo que está haciendo”.

 

En el dictamen, se expone que la Guardia Nacional se encuentra en proceso de formación y tiene que actuar de manera paralela para combatir la inseguridad, por lo que aún hay áreas de oportunidad que se podrían fortalecer.

 

Además, se agrega que atiende a lo dispuesto en la legislación vigente. “No obstante, lo anterior y con la finalidad de atender de mejor manera las disposiciones legales, se solicita respetuosamente a que, en lo sucesivo, se desagregue lo relativo a la facultad del Presidente de la República, para disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública”.

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